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Eximición del ABL

Este trámite te permite solicitar la eximición del pago del ABL si sos jubilado/a, pensionado/a, persona con discapacidad o ex combatiente de Malvinas.

Modalidad

Presencial

Costo

Sin costo

Turno

Sin turno

Requisitos

Para realizar el trámite, deberás:

  • No registrar deudas de ejercicios anteriores
  • Jubilados/pensionados: Los ingresos del grupo conviviente no pueden superar los 3 (tres) haberes jubilatorios mínimos y el porcentaje de eximición para jubilados y pensionados es del 100% para propiedades valuadas hasta $83.466.393 (valor vigente a partir de marzo 2026).
  • Discapacidad: Los ingresos del grupo conviviente no pueden superar los 6 (seis) haberes jubilatorios mínimos, el porcentaje de eximición para personas con discapacidad es del 100% para propiedades valuadas hasta $83.466.393 (valor vigente a partir de marzo 2026). Ser titular del único bien inmueble el cual deberá estar clasificado como categoría 1 (vivienda exclusivamente). Debe ser el que utilice como vivienda permanente (jubilados, pensionados, personas con C.U.D.).
  • Ex combatientes de Malvinas: certificado de ex soldado conscripto, personal de Oficiales y Sub-Oficiales de las Fuerzas Armadas, Seguridad, ex personal civil que se haya desempeñado en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur y personal civil que se encontraba cumpliendo funciones de Servicios y/o apoyo en los lugares antes mencionados, expedido por el Comando en Jefe del Estado del Arma que pertenezca, Jefatura de Estado Mayor a que haya pertenecido u otra autoridad designada al efecto.Todos aquellos pertenecientes a este grupo no cuentan con tope de ingresos ni de valuación.

Lugar y horario de atención

Lugar

Ventanilla única de atención tributaria
Av. Maipú 2609, PB

Horario

Lunes a Viernes de 08:30 a 15:00 h

Información importante

El otorgamiento de la eximición queda sujeto al análisis de la documentación presentada, a la Ordenanza Fiscal vigente y leyes subsidiarias.

  • 1

    Reuní la documentación

    Armá el legajo según tu caso (jubilado, discapacidad, Malvinas).

  • 2

    Presentate en la Municipalidad

    Dirigite a la Ventanilla única de atención tributaria, PB.

  • 3

    Aguardá la resolución

    Te notificarán el resultado al mail o teléfono registrado.